Beca Adriano y Beca Andalucía Segunda Oportunidad

Se han publicado en BOJA las convocatorias de Beca Adriano y Beca Andalucía Segunda Oportunidad para el curso 2016-2017. Ambas convocatorias tienen abierto el plazo de presentación de solicitudes hasta el 18 de NOVIEMBRE de 2016. Se cumplimentarán ambas en el apartado correspondiente a cada beca del portal de becas y ayudas de la web de la Consejería de Educación: Beca ADRIANO y Beca ANDALUCÍA SEGUNDA OPORTUNIDAD. Una vez cumplimentada la solicitud, debe imprimirse a una sola cara y presentarse en el instituto, junto a la documentación anexa (fotocopia del resguardo de beca general y, si procede, fotocopia de la tarjeta de familia numerosa, de discapacidad propia o de algún hermano/a, de matrícula de la Universidad del hermano/a... Debe indicar el correo electrónico y el teléfono móvil para recibir las oportunas comunicaciones; la cuenta bancaria de la que la persona solicitante debe ser titular o cotitular. Se debe consentir el cruce informático de las situaciones declaradas o bien adjuntar la documentación correspondiente. La solicitud ha de ir firmada por las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 16 años a 31 de diciembre de 2015.

Beca Adriano:

1. Requisitos académicos:

  • Alumnado matriculado en la modalidad presencial en 1º o 2º de Bachillerato, 2º de Grado Medio de FP; 1º o 2º de Grado Superior.
  • Alcanzar una nota media entre 5 y 5,5 en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca.
  • Tener dos asignaturas pendientes en Bachillerato o tenerl el 80% de módulos aprobados en ciclos formativos.
  • No se concederá la beca a quienes estén repitiendo curso total o parcialmente. Si se ha repetido el curso anterior, no tener pendientes.
  • No tener título de igual o superior nivel

2. Requisitos económicos: No superar los siguientes umbrales de renta en el ejercicicio 2015:

  • Familias de un miembro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 3.771.
  • Familias de dos miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 7.278.
  • Familias de tres miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 10.606.
  • Familias de cuatro miembros . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 13.909.
  • Familias de cinco miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 17.206.
  • Familias de seis miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . ..hasta 20.430.
  • Familias de siete miembros . . . . . . . . . . . . . . . . ..hasta 23.580.
  • Familias de ocho miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 26.660...
  • Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada, cuando se superen los umbrales de patrimonio familiar.

Beca Andalucía Segunda Oportunidad (650 becas). Los requisitos siguientes deberán mantenerse durante todo el curso académico.

1. Requisitos académicos:

  • Esta beca está dirigida a personas con edades entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre de 2016 (25 en el caso de renovación), matriculadas en la ESPA, Bachillerato o ciclos formativos de grado medio y que hayan abandonado el sistema educativo sin título del mismo o superior nivel.
  • No haber estado matriculado el curso anterior.

2. Otros requisitos:

  • Figurar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empelo.
  • No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Carecer de rentas superiores al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
  • No superar los siguientes umbrales de renta en el ejercicicio 2015:
    • Familias de un miembro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 4.792,60.
    • Familias de dos miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 9.585,20.
    • Familias de tres miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 14.377,80.
    • Familias de cuatro miembros . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 19.170,40
    • Familias de cinco miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . hasta 23.963.
    • Familias de seis miembros . . . . . . . . . . . . . . . . . ..hasta 28.755,60
    • Familias de siete miembros . . . . . . . . . . . . . . . . ..hasta 33.548,20...
    • Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada, cuando se superen los umbrales de patrimonio familiar.

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