Beca 6000

Se ha publicado en el BOJA la Resolución de 27 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial para el curso 2025-2026. Puede consultar la convocatoria en el archivo adjunto. El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 5 de diciembre de 2025 al 5 de enero de 2026. La solicitud se cumplimenta y presenta a través de la secretaría virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y F.P. Se puede acceder al enlace con la clave IANDE y la mayoría de datos están grabados de la beca General.

Esta beca está destinada al alumnado de Bachillerato y Ciclo Formativo de Grado Medio que reúna, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Tener concedida la cuantía fija ligada a la renta de la beca general (1700 €).
  • El alumnado de 1º debe haber estado matriculado el curso anterior en 4º de ESO.
  • El alumnado de 2º no debe tener materias pendientes de 1º curso.
  • Cumplir estos requisitos económicos:
    • De conformidad con lo establecido en el articulo 3.1.i) de la Orden de 5 de julio de 2011, para la concesión de la Beca 6000 durante el curso 2024/2025, se aplicarán los siguientes umbrales de renta familiar:
      Familias de un miembro: Hasta 1.981,00 euros.
      Familias de dos miembros: Hasta 3.823,00 euros.
      Familias de tres miembros: Hasta 5.571,50 euros.
      Familias de cuatro miembros: Hasta 7.306,50 euros.
      Familias de cinco miembros: Hasta 9.038,00 euros.
      Familias de seis miembros: Hasta 10.731,50 euros.
      Familias de siete miembros: Hasta 12.386,50 euros.
      Familias de ocho miembros: Hasta 14.004,50 euros.
      A partir del octavo miembro se añadirán 1.617,50 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
    • Se denegará la Beca 6000, cualquiera que sea la renta familiar calculada, cuando se superen los umbrales indicativos de patrimonio familiar establecidos en el articulo 11 del Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo.

Para más información, consulte la convocatoria en el archivo adjunto.

Ficheros Adjuntos: