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La Consejería de Educación y Deporte ha comunicado que a partir del curso 2021/2022, para la tramitación del pago de las becas o ayudas gestionadas por la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, es imprescindible que las personas solicitantes den de alta la cuenta corriente consignada en la solicitud en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. Siguiendo las indicaciones de la Tesorería General, será el solicitante el encargado de dar de alta su cuenta corriente.
El alta de la cuenta corriente que se consigne en la solicitud, cuyo titular ha de ser siempre la persona SOLICITANTE (que podrá coincidir o no con la persona beneficiaria) se podrá hacer siguiendo alguno de estos dos procesos que se explican en la Circular de 7 de septiembre y que se adjunta en la noticia.
- Con certificado digital (solo persona solicitante):
Deberá acceder a la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y dar de alta su cuenta corriente. Enlace
- Sin certificado digital:
Deberá presentar en cualquier Registro Administrativo (oficina de registro o registro electrónico) dirigido a la Dirección General de Política Financiera y Tesorería o sus Tesorerías Provinciales, el impreso adjunto y certificado bancario u otro documento que acredite que la persona SOLICITANTE es titular de la cuenta para solicitar su alta.